¿Que son las sucesiones Testamentarias?
Es aquella que se origina cuando el de cujus, en previsión
de su muerte próxima o remota, dispone voluntariamente de sus bienes señalando
a quienes y en qué forma deben transmitirse. También podríamos decir que es la
voluntad individual del causante, al cual se le reconoce facultad de disponer,
dentro de ciertas limitaciones, de sus bienes, como la más alta expresión de su
derecho de propiedad.
Esta misma se encuentra establecida en el código civil en su
art 833 el cual señala El testamento es un acto revocable por el cual una
persona dispone para después de su muerte de la totalidad o de parte de su
patrimonio, o hace alguna otra ordenación, según las reglas establecidas por la
Ley
834.Las disposiciones testamentarias que comprendan la
universalidad de una parte alícuota de los bienes del testador, son a título
universal y atribuyen La calidad de heredero.
Las demás disposiciones son a título particular y atribuyen
la calidad de legatario.
La materia sucesoral está regulada en Venezuela en el título
II del Código Civil (Artículos 807-1132) y en la Ley de Impuesto Sobre
Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos
El articulo 34 de la ley de derecho internacional privado
las sucesiones se rigen por la ley del domicilio del causante. Lo que permite
la aplicación del derecho extranjero a bienes ubicados en Venezuela y la
aplicación del derecho venezolano a bienes ubicados en el exterior.
Se encuentra el último domicilio del causante en Venezuela,
entonces debe presentarse de conformidad con el artículo 27 de la Ley de
Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos la declaración sucesoral ante el Seniat
dentro de los 180 días hábiles después de producido el fallecimiento del
causante.
Según el Código Civil pueden venezolanos o extranjeros
otorgar testamentos en el extranjero, válidos y reconocidos por el derecho
venezolano, cuando cumplan determinadas formalidades. De aquí surgen dos
posibilidades :
·
El testamento es otorgado ante la autoridad
extranjera competente. Este testamento debe cumplir los requisitos de forma de
la ley del país y debe ser otorgado de forma auténtica, de forma escrita, por
una sola persona y no a puño y letra.
·
El testamento es otorgado ante el agente
diplomático o consular venezolano, quien posteriormente lo remitirá a Venezuela
para su registro ante las autoridades competentes.
He aquí un breve
concepto de testamento: Es aquel
instrumento jurídico por el cual se dispone y ordena la sucesión de las
personas. Es absolutamente personal, formal y solemne, por lo que la forma y
requisitos establecidos por la ley son imprescindibles para que sea válido.
Se encuentra dentro del artículo 833 de nuestro Código
Civil.
“El testamento es un acto revocable por el cual una persona
dispone para después de su muerte de la totalidad o de parte de su patrimonio,
o hace alguna otra ordenación, según las reglas establecidas por la Ley”.

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